Para los que pensaban que no existían normas de transito para los ciclistas en Mexicali, si existen y hasta sanciones que van desde uno a tres días de salario mínimo. Si son flojos y aun no las han buscado y leído (aunque sea por casualidad), aquí les hice un resumen de lo único que marca el reglamento de transito de Mexicali, con respecto a las bicicletas, la cual también es considerada como un “vehículo”.
SECCIÓN SEGUNDA: NORMAS DE CIRCULACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA
ARTICULO 86 Queda prohibido a los conductores de bicicletas o motocicletas transitar por los carriles centrales o interiores de las vías de acceso controlado y en donde así lo indique el señalamiento.
SECCIÓN TERCERA DE LOS CICLISTAS
ARTÍCULO 27 Para los efectos de la presente sección se equiparan los triciclos o cuatriciclos a las bicicletas, salvo que la naturaleza del vehículo no lo permita.
ARTICULO 28 Los ciclistas deberán observar las siguientes disposiciones:
- I.- Circularán a la extrema derecha de la vía sobre la que transiten.
- II.- Maniobrarán con cuidado al rebasar vehículos estacionados.
- III.- Circularán en una sola fila.
- IV.- Deberán usar casco protector y ropa visible en la noche.
- V.- No llevarán carga que dificulte su visibilidad, su equilibrio o su adecuado manejo, o constituya un peligro para sí o para otros usuarios de la vía pública.
- VI.- Se abstendrán de usar radios, reproductores de sonido y demás mecanismos que propicien distracción al conducir.
- VII.- Se abstendrán de dar vuelta a mediación de cuadra.
- VIII.- Se abstendrán de circular sobre las banquetas o zonas de seguridad.
- IX.- Obedecerán las reglas de tránsito y toda clase de señales.
- X.- Harán las señales correspondientes al dar vuelta o parar.
- XI.- Evitarán toda clase de suertes al conducir.
- XII.- Se abstendrán de asirse a otro vehículo en movimiento.
CAPITULO XII DE LAS SANCIONES
ARTÍCULO 154 Al conductor, pasajero o persona que contravenga las disposiciones del presente Reglamento, se le sancionará de acuerdo a la falta cometida con el pago de multa correspondiente en días de salario mínimo general vigente en el Municipio, según se indica a continuación.
Cuando un conductor o pasajero cometa alguna infracción al Reglamento sin ser el propietario del vehículo, este último será responsable solidario del pago de las sanciones:
1.1 Circulación
111 No respetar el semáforo o ademanes del Oficial cuando indique (un día de salario mínimo). |
112 Asirse a otro vehículo los conductores de Bicicletas(un día de salario mínimo). |
113 No transitar por la extrema derecha(un día de salario mínimo). |
114 Transitar por vialidades o carriles en donde se prohíba por medio de señalamientos(3 días de salario mínimo). |
1.2 Accesorios y Equipo
121 No contar con equipo y accesorios que garanticen su seguridad(tres días de salario mínimo). |
pero como van a obligar a los ciclistas a pagar sus multas? quitandoles la bici?
la verdad es que la mayoria de ellos no respetas los señalamientos de transito, ya sea altos, vueltas etc y yo nunca he visto que multen a uno de ellos, ni los policias han de saber, si no se saben el reglamento de los autos……
Justamente me pregunto lo mismo. Mexicali todavía es una ciudad en la que tanto ciclistas como automovilistas, no tienen respeto uno con otro(incluso los ciclistas con los peatones). En mi opinión los ciclistas deben respetar mucho mas el reglamento, pues ellos llevan las de perder en un accidente contra un vehículo. Por otro lado, desconozco la preparación de los policías con respecto al reglamento y multas.
Esta entrada la escribí precisamente pensando en todos los ciclistas que se me han atravesado metiéndose a los carriles centrales, a los que manejan por el rio nuevo sin manos, a los que bajan el puente quintana roo a toda velocidad pasandole por un lado a los carros etc..
Me gusta que la bici se utilice como medio de transporte como en el DF o GDL, pero me caga que crean que van en carro y se metan entre los carros como si nada.
Buen día, la información aquí presentada es equivocada y desactualizada en su mayor parte… si quieres conocer el reglamento de transito actual les dejo el link a continuación..
http://www.mexicali.gob.mx/transparencia/normatividad/reglamentos/pdf/transito.pdf
Nota: para el ciclista no existe ninguna sanción monetaria de ningún tipo, sin embargo si pueden recibir una amonestación por parte de al autoridad.
Les dejo otro link donde pueden consultar los art. que si están actualizados para ciclistas y lo pueden descargar y compartir… tambien encontrarán consejos para circular seguro y el reglamento de tránsito completo.
http://mxlibici.org/descargas/
Saludos.
Muchas gracias Irad.
Daniel, creo que no vasta decir muchas gracias en un coment.
te invito que actualices tu post, por que esta desinformando a la gente, ya que no esta tomando en cuenta una importante actualización del reglamento de transito.
PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 20 DE ABRIL DE 2012.
Donde Tony?